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Hacienda e Impuestos para cobros con terminales

Hacienda e Impuestos para cobros con terminales - GIRAE México

A todo vendedor que recién comienza a utilizar las tarjetas como medio de pago le preocupa el tema de los impuestos y Hacienda, surgen preguntas como... ¿Me debo dar de alta en Hacienda para aceptar pagos con tarjetas? o ¿Debo pagar impuestos si cobro con tarjeta?

Son preguntas que casi todos nos hacemos al no tener muchos conocimientos sobre asuntos fiscales, es por eso que tratarémos de explicar un poco sobre el tema, cabe aclarar que esta es solo una entrada informativa y nunca superará la opinión de tu contador o experto en el tema.

Gran parte de los pequeños negocios que quieren comenzar a utilizar terminales de cobro móviles no declaran ingresos ante el SAT, y por lo tanto no pagan impuestos, hay que aceptarlo, no es un tema del cual estén acostumbrados por el hecho de que únicamente manejan dinero en efectivo. Sin embargo, al no aceptar pagos con tarjetas se pierde un tanto del poder adquisitivo del cliente, un cliente que utiliza tarjetas generalmente tiende a gastar más, el no aceptar tarjetas disminuye el posible recibo de cobro pues se limita a la cantidad de efectivo que traiga consigo el cliente o peor, se pierde la venta. Entonces nos queda claro la necesidad de comenzar a aceptar pagos con tarjetas.

¿Es requisito estar dado de alta en Hacienda?

No, para las compañías de las terminales no es requisito registrar o dar de alta tu RFC para comenzar utilizar sus servicios, al menos que requieras recibir factura por las comisiones, en este caso si lo debes cargar, aunque si no cargas tu RFC no quiere decir que seas invisible ante el SAT. Como es obvio... todos los cobros con terminales deben ser depositados a una cuenta bancaria, y el banco tiene la obligación de notificarle al SAT los ingresos de sus tarjetatabientes si este supera depósitos mayores a $15,000 mensuales.

Respondiendo a la pregunta

¿Me debo dar de alta en Hacienda al aceptar pagos con tarjetas?

Todos deberíamos estar dados de alta en Hacienda aunque manejemos únicamente efectivo, pero esta se vuelve una obligación real si tus ingresos por cobros con tarjetas superarán los $15,000 mensuales, de ser así, lo recomendable es que sí lo hagas. 

Esto no es el fin del mundo, debes perderle el miedo al SAT... ¿No te quedarás estancado simplemente para ser invisible al SAT verdad? Dependiendo a lo que te dediques puedes registrarte a distintos regímenes fiscales para comenzar a tributar, con muchos beneficios para pagar la menor cantidad de impuestos.

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Regímenes de personas físicas para tributar al SAT

Todo depende de tu actividad económica, por ejemplo, si eres vendedor de una papelería, una tienda en la esquina, conductor de taxi independiente (No UBER), o cualquier actividad que no requiera titulo profesional puedes optar por inscribirte en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

El RIF es ideal para aquellas personas que quieren comenzar a tributar, y que sus ingresos no superen los 2 millones de pesos al año, este les permite generar facturas a sus clientes y deducir impuestos, al comenzar se tiene condonación del 100% del ISR (no pagarás nada de ISR el primer año), esta condonación irá disminuyendo en un 10% cada año hasta alcanzar a los 10 años el pago total de ISR, es ideal para entrenarse en el mundo de la tributación. Puedes revisar más información en esta entrada de elcontribuyente.mx aquí.

Actualización 2022

Actualmente el RIF ya no existe, en su lugar se creó el nuevo Regimen Simplificado de Confianza, consulta a tu contador para más información,

Si eres médico, arquitecto, o cualquier otro trabajo que requiera tener un título profesional, la opción es el régimen de ingresos por honorarios.

Entre otros se encuentra el régimen de personas físicas con actividad empresarial sin y con ingresos por plataformas tecnológicas para ventas en Mercado Libre, Amazon, etc., o el de ingresos por arrendamiento de inmuebles si lo que haces es tener ingresos por rentas, o bien puedes optar por formar una empresa, acércate con tu contador para saber cual es el ideal para ti.

Comisiones e IVA

Antes de continuar quiero aclarar que las compañías de las terminales no retienen IVA de tu venta, sólo te cobran el IVA de la comisión que ellos te cobran, si la comisión es del 3.5% el IVA será del 16% sobre ese 3.5%, en un ejemplo se vería así:
Cobraste con tarjeta $1,000.00, la comisión que pagarías sería de $35, el IVA sobre esos $35 sería de $5.6.
 Cobras + $1,000.00
Comisión (3.5%) - $35.00
IVA (16%) - $5.60
Recibes    + $959.40


Como vemos el IVA se calcula sobre los $35 no sobre los $1,000 que inicialmente se cobran

Ya estoy dado de alta ante Hacienda ¿Cómo le debo facturar a mi cliente?

Esta es una duda común, si yo le cobro $1,000 al cliente, yo solo recibí $959.40, entonces debo facturarle los $1,000 o los $959.40?

Definitivamente debemos facturarle al cliente los $1,000 pues eso es lo que te está pagando, al final la compañía de tu terminal te otorgará a ti una factura por los $40.60 que pagaste de comisión e IVA. De esta manera estarás justificando ese gasto ante hacienda y lo podrás deducir.

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Conclusiones

Aceptar pagos con tarjetas incrementa nuestras posibilidades de venta y el recibo de venta, para comenzar a utilizarlas no es requisito ingresar tu RFC, aunque lo ideal es que comencemos a pensar en la idea de regularizar nuestra actividad, si tus ingresos no serán mayores a $15,000 mensuales es posible que optes por no darte de alta en Hacienda, sin embargo ¿Queremos que nuestro negocio crezca? ¿No es así? No nos pongamos el limite de $15,000 y pensemos en el futuro, además el hecho de pertenecer a un régimen te permite generar facturas a tus clientes, a veces esto también influye en la decisión del cliente para comprarte a ti o a otro vendedor que si otorgue facturas.

Existen regímenes ideales para cada actividad, el RIF es una buena opción para empezar, y tendremos la tranquilidad de que estamos haciendo las cosas bien, sin embargo no es para todas la actividades económicas, debes consultar a un experto para que oriente a qué régimen inscribirte de acuerdo a tu actividad económica.

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comment 1 comentario

A
Arturo calendar_today

Si alguien está dado de alta en el SAT con sueldos y salarios, ¿cómo estaría lo del cobro superior de los $15,000.00?

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